En lo referente a Gastos
de Representación no resulta aplicable de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 12º
en su fracción II de la Ley Orgánica de la UACJ y su correlativo 20º en su fracción II del
Reglamento del H. Consejo Universitario de la UACJ, en razón de no estar contemplado en el
Presupuesto General 2016 de esta Institución Educativa, instrumento directriz de las
actividades financieras en materia de
erogaciones.​​​
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